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Empresas y autónomos pueden preparar ya su documentación en la web de ayudas destinadas a reducir el endeudamiento

Empresas y autónomos pueden preparar ya su documentación en la web de ayudas destinadas a reducir el endeudamiento
18 Junio 2021 | 11:40 - Redacción

El plazo de solicitud de las ayudas para reducir el endeudamiento de empresas y autónomos comenzará el 1 de julio, pero mientras, los interesados pueden ir recopilando, con antelación, la información y documentación necesaria desde el portal ayudassolvenciacovid.juntaex.es

Dicho portal ha sido puesto en marcha por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través de la Dirección General de Empresa, y en él las empresas y autónomos, cuya actividad se haya visto afectada por la Covid-19, pueden ir preparando su documentación e informarse de las cuestiones básicas de las ayudas destinadas a reducir el endeudamiento.

Estas ayudas, reguladas en el Decreto 5/2021, publicado el miércoles, 16 de junio en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), están destinadas a cubrir deudas y pagos pendientes con proveedores y acreedores financieros y no financieros, devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

La plataforma facilita una guía informativa de las ayudas, así como consejos y claves para preparar y presentar la solicitud. Se accede en https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es

YA SE PUEDE PREPARAR LA SOLICITUD

El plazo de presentación de la solicitud comienza el día 1 de julio, pero se recomienda a los solicitantes preparar la documentación con antelación,  ya que hay requisitos de carácter obligatorio como tener activo y vigente el certificado digital o estar al corriente de pagos con la Administración.

Para solicitar estas ayudas es necesario presentar una relación de los pagos y deudas pendientes a través de un documento ‘Excel’ que ya está disponible en la web; así como un formulario de solicitud que estará disponible el 1 de julio.

Una cuestión muy importante es la preparación del listado de deudas y pagos pendientes con suficiente antelación para determinar cuál es la cuantía de la ayuda que le podría corresponder a cada empresa. Para ello es fundamental que revise su contabilidad y analice cuántas deudas tiene que cumplan esos requisitos y vaya cumplimentando el formulario -disponible en la web- que luego debe adjuntar a la solicitud.

También, en este apartado se detallan algunos consejos útiles que hacen referencia al certificado digital, puesto que, al ser toda la tramitación de la ayuda electrónica, tanto el autónomo como el representante legal de una empresa cuando sea una sociedad, deben tener un certificado electrónico en vigor.

Asimismo, con respecto a la solicitud, en este apartado de la web se detallan otras cuestiones acerca de cómo verificar que la empresa solicitante está al corriente con las diferentes administraciones; autorizar a la Administración a realizar de oficio tus datos y algunas recomendaciones y requisitos técnicos del ordenador para visualizar correctamente el Portal ayudas solvencia COVID de la Junta de Extremadura.

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DESDE EL 1 DE JULIO

El plazo de presentación de solicitudes es del 1 al 21 de julio. A partir del día 1 de julio, en ese mismo portal, estará activo el módulo de presentación de solicitudes, facilitando un formulario muy sencillo que la empresa deberá cumplimentar y al que debe adjuntar la tabla ‘Excel’ con las deudas y pagos pendientes.

A partir de esa fecha se porá también gestionar a través de la plataforma, dar de alta un representante que actúe en nombre de la empresa para tramitar la solicitud.

GUÍA INFORMATIVA DE LAS AYUDAS

A través de esta web se facilita una guía informativa acerca de las ayudas en la que se detallan cuestiones referentes a quiénes pueden ser beneficiarios, requisitos que se deben cumplir, cuáles son los gastos subvencionables, las cuantías, cómo se solicita y se justifica la ayuda, así como cuándo se paga y las obligaciones de los beneficiarios. Las solicitudes, dependiendo de las características de cada empresa, podrán tener hasta un máximo de 200.000 € de ayuda.

Toda la tramitación se debe realizar de manera electrónica a través del portal ayudassolvenciacovid.juntaex.es


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